Cuando fallece un familiar, encima del momento difícil llegan los plazos, los impuestos y la notaría. Lo ordenamos de principio a fin para que vosotros solo tengáis que firmar.
Una herencia con vivienda implica reunir certificados, localizar o suplir el testamento, repartir entre herederos, liquidar el impuesto de sucesiones dentro de plazo y cambiar la titularidad en el Registro. Cada paso depende del anterior y los plazos corren. Nosotros lo coordinamos todo y, como además somos inmobiliaria, si decidís vender el inmueble heredado no hay que empezar de cero: ya estamos dentro del caso.
Lo más delicado de una herencia no suele ser el papeleo, sino poneros de acuerdo. Trabajamos con todos los herederos a la vez, con las cuentas claras y por escrito, y si alguno vive lejos coordinamos poderes y firmas para que nadie tenga que cuadrar agendas imposibles.
Con carácter general son seis meses desde el fallecimiento, prorrogables en algunos casos. Es uno de los motivos por los que conviene empezar pronto: dejarlo pasar puede suponer recargos.
Sí. Cuando no hay testamento se tramita una declaración de herederos y a partir de ahí seguimos con el resto del proceso igualmente.
No. Trabajamos con todos los herederos a la vez y coordinamos poderes y firmas para quien viva lejos, de modo que no tengáis que coincidir todos el mismo día.
Sí, y es una de nuestras ventajas: al ser también inmobiliaria, enlazamos la herencia con la venta sin que tengáis que cambiar de interlocutor ni rehacer el caso.
Te atendemos personalmente. Te respondemos lo antes posible.