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Legal y patrimonial · Herencias

Una herencia sin laberintos

Cuando fallece un familiar, encima del momento difícil llegan los plazos, los impuestos y la notaría. Lo ordenamos de principio a fin para que vosotros solo tengáis que firmar.

Heredar un inmueble: muchos pasos, poco tiempo

Una herencia con vivienda implica reunir certificados, localizar o suplir el testamento, repartir entre herederos, liquidar el impuesto de sucesiones dentro de plazo y cambiar la titularidad en el Registro. Cada paso depende del anterior y los plazos corren. Nosotros lo coordinamos todo y, como además somos inmobiliaria, si decidís vender el inmueble heredado no hay que empezar de cero: ya estamos dentro del caso.

De qué nos ocupamos

  • Certificado de defunción, de últimas voluntades y de seguros.
  • Copia del testamento o, si no lo hay, declaración de herederos.
  • Inventario de bienes y cuaderno particional (el reparto).
  • Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal, dentro de plazo.
  • Escritura de aceptación de herencia en notaría.
  • Cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad.
  • Venta del inmueble heredado, si los herederos así lo deciden.

Cómo trabajamos una herencia

1
Nos contáis el casoPrimera cita gratuita para ver qué hay, quién hereda y qué plazos corren.
2
Reunimos la documentaciónPedimos los certificados y ponemos en orden todo lo necesario.
3
Preparamos la notaríaCuaderno particional, impuestos y firma coordinada para todos los herederos.
4
Inscribimos o vendemosCambio de titularidad y, si queréis, comercialización del inmueble.

Cuando hay varios herederos

Lo más delicado de una herencia no suele ser el papeleo, sino poneros de acuerdo. Trabajamos con todos los herederos a la vez, con las cuentas claras y por escrito, y si alguno vive lejos coordinamos poderes y firmas para que nadie tenga que cuadrar agendas imposibles.

Dudas frecuentes

Preguntas habituales

¿Qué plazo hay para liquidar el impuesto de sucesiones?

Con carácter general son seis meses desde el fallecimiento, prorrogables en algunos casos. Es uno de los motivos por los que conviene empezar pronto: dejarlo pasar puede suponer recargos.

¿Podéis hacerlo si no hay testamento?

Sí. Cuando no hay testamento se tramita una declaración de herederos y a partir de ahí seguimos con el resto del proceso igualmente.

Somos varios hermanos y no vivimos cerca, ¿es un problema?

No. Trabajamos con todos los herederos a la vez y coordinamos poderes y firmas para quien viva lejos, de modo que no tengáis que coincidir todos el mismo día.

Si heredamos un piso y queremos venderlo, ¿lo hacéis vosotros?

Sí, y es una de nuestras ventajas: al ser también inmobiliaria, enlazamos la herencia con la venta sin que tengáis que cambiar de interlocutor ni rehacer el caso.

¿Hablamos de tu caso?

Te atendemos personalmente. Te respondemos lo antes posible.

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