Compraventas, herencias, donaciones o cambios de titularidad: preparamos la documentación, coordinamos la firma en notaría, liquidamos los impuestos e inscribimos en el Registro.
Firmar en notaría es solo el momento visible. Antes hay que reunir y revisar documentación, pedir cita, calcular impuestos; y después, liquidar esos impuestos e inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad para que el cambio sea oficial. Si ese «después» se queda a medias, los problemas aparecen años más tarde. Nosotros cerramos el círculo entero.
En lugar de ir tú de la notaría al ayuntamiento y de ahí al Registro, lo llevamos nosotros de punta a punta y te avisamos solo cuando tienes que firmar. Te entregamos la escritura inscrita y los impuestos liquidados, todo cerrado.
No. Somos gestores: preparamos y coordinamos todo lo que rodea a la firma y trabajamos con la notaría, pero la escritura la autoriza el notario. Nosotros nos ocupamos del antes y el después.
Porque la inscripción es lo que hace el cambio oponible frente a terceros y te protege. Una escritura sin inscribir puede darte problemas más adelante; por eso lo cerramos siempre.
Sí. Te damos una estimación de ITP, AJD, plusvalía o sucesiones según la operación para que sepas el coste total antes de comprometerte.
Sí. Gestionamos la cancelación registral para que tu vivienda figure libre de cargas, algo necesario por ejemplo antes de vender.
Te atendemos personalmente. Te respondemos lo antes posible.